La carta de FONAFE señala que estas medidas surgen tras reuniones que se habrían llevado a cabo entre esta entidad y ENACO, Devida (la institución “antidrogas”) y los Ministerios de Salud y de Relaciones Exteriores.
Ambas cartas citan como argumento para esta medida la famosa Convención Única de Estupefacientes de Naciones Unidas de 1961. El artículo 27 de dicha convención dice a la letra: “se autoriza el uso de la hoja de coca para preparación de agentes saborizantes que no contengan ningún alcaloide”. La harina o polvo de hojas de coca micropulverizadas, al no ser otra cosa que la hoja de coca entera, tostada y molida, contiene los catorce alcaloides de la coca, incluída la cocaína, en las pequeñas proporciones que nos ofrece la naturaleza.